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COMITE DE CONVIVENCIA LABORAL 

la Universidad Surcolombiana mediante la resolución 180 del 20 de Octubre de 2014, en cabeza de su rector que en uso de sus atribuciones legales, contenidas en el artículo 9 de la Ley 1010 de 2006, la resolución número 652 de 2012 y la resolución número 01356, resuelve la creación y conformación del comité de convivencia laboral de la Universidad, el cual contiene la filosofía del comportamiento en el trabajo y un conjunto de normas de buenas prácticas, que refuerzan las relaciones humanas dentro de la organización, con el fin de lograr con ello un estilo propio e identidad para la institución, y se encargara de atender, asumir y tramitar las quejas de acoso laboral que lleguen a esta entidad, al que funcionarios puedan acudir en procura de obtener solución a sus situaciones generadas por actuaciones que puedan implicar la comisión de una conducta de acoso laboral o para conciliar dentro del marco de la ley, tanto aquellas quejas que puedan causar agravio a la dignidad humana, como aquellas que puedan afectar el pacifico y correcto desempeño laboral dentro de la Universidad. 

Las buenas relaciones aportan una mayor productividad, al trabajar en un entorno agradable y armónico. En muchas ocasiones las diferencias no las marcan los productos o servicios ofrecidos, sino la del buen "hacer" de los empleados y directivos.

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COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL 

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