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CONFORMACIÓN DEL COPASST EN LA USCO

El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme lo establece la Resolución 2013 de 1986 en su Art 1 y 2 debe estar integrado por igual número de representantes de los trabajadores como de representantes del empleador; por lo tanto, como se tiene un número mayor de 500 servidores públicos, el Comité deberá estar compuesto por tres (3) representantes de los trabajadores

cuya elección se someterá a votación libre y tres (3) representantes designados directamente

por el empleador, quien a su vez, elegirá el presidente

del Comité y posteriormente, el Comité en pleno

elegirá al secretario entre la totalidad de los miembros.

 

Una vez elegido el comité el representante legal debe inscribirlo ante el Ministerio de Trabajo.

 

En la Universidad Surcolombiana y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 articulo 16 del acuerdo 031 del 2004 Estatuto electoral, de acuerdo a la votación efectuada el 24 de febrero del 2016, el COPASST está integrado por:

 

Representantes del nominador de la Universidad Surcolombiana, según la resolución 014 del 25 de enero del 2019 :

Representantes de los trabajadores según la resolución 184 del 13 de julio del 2018 :

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